La Junta Electoral autoriza usar MiDNI para identificarse al votar el 29 de noviembre
Tras meses de suspensión por dudas técnicas, la JEC levanta la restricción y permite acreditar la identidad con la app oficial del DNI en las elecciones generales. El cambio llega con garantías de verificación mediante código QR y dispositivos en las mesas.
Este jueves 5 de noviembre la Junta Electoral Central (JEC) autorizó el uso de la aplicación MiDNI para identificarse ante las mesas electorales en las elecciones generales del 29 de noviembre. La medida levanta una suspensión que había sido aplicada en marzo de 2026 por dudas sobre cómo verificar de forma fiable la autenticidad del documento digital.
Hasta ahora, aunque MiDNI tiene validez legal para acreditar identidad en numerosos trámites, su empleo en el acto de votar había quedado en suspenso. La preocupación central no era la validez del documento en sí, sino la posibilidad de que se aceptara una imagen en pantalla sin una comprobación actualizada y segura. Esa brecha se cerró después de que el Ministerio del Interior garantizara que todas las mesas dispondrán de un dispositivo con cámara y navegador web para leer el código QR temporal generado por la app.
El procedimiento es concreto. El elector abre MiDNI, genera un código QR de validez limitada y lo muestra a los miembros de la mesa. Estos, a su vez, acceden al verificador oficial en presencia del votante para confirmar que la credencial es auténtica y corresponde a una persona con DNI en vigor. No vale una foto del documento ni una captura de pantalla: el sistema exige una generación en tiempo real.
Esta decisión tiene antecedentes recientes. En septiembre de 2025 la misma Junta había aceptado el uso de MiDNI, pero el 26 de marzo de 2026 lo suspendió ante las dudas técnicas. En octubre se fijó la condición clave: que todas las mesas contaran con los medios necesarios para realizar la verificación. El Gobierno respondió con un despliegue específico de equipos que serán distribuidos y recogidos por Correos, según lo publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Importante: la autorización no alcanza a MiDGT, la aplicación de la Dirección General de Tráfico, que sigue excluida como medio de identificación electoral. Tampoco se trata de votar por teléfono; solo de acreditar quién es el votante antes de emitir el sufragio.
Desde el punto de vista del diseño de producto y la cultura material, el caso ilustra cómo un objeto tan cotidiano como el DNI se transforma en algo inmaterial y dependiente de infraestructura. La app requiere activación previa con un DNI vigente, conexión a internet y batería suficiente. Estos requisitos, que parecen menores, pueden convertirse en barreras reales el día de las elecciones. Por eso, aunque la opción digital amplía posibilidades, los documentos físicos (DNI original, pasaporte o carnet de conducir con foto) siguen siendo válidos incluso si están caducados.
La noticia también pone sobre la mesa la tensión entre comodidad y garantías. Llevar solo el móvil resulta práctico, pero expone al votante a riesgos que un trozo de plástico laminado no tiene: batería baja, falta de cobertura o fallos de la app. La decisión de la JEC equilibra esa ecuación exigiendo verificación en tiempo real, pero deja claro que la identificación digital todavía depende de una cadena técnica que no siempre está bajo control del ciudadano.
En definitiva, a partir de ahora los electores tendrán una alternativa más para presentarse ante la urna sin modificar el resto de las opciones tradicionales. Quienes opten por MiDNI deberán asegurarse de que la aplicación funcione correctamente antes de salir de casa. El resto, como siempre, podrá llevar su documento físico sin cambios.